Dedicar unos minutos a leer el etiquetado, nos ayudará a seleccionar mejor los alimentos que nos permitan, por un lado, llevar una dieta adecuada, y por otro, prevenir enfermedades relacionadas con la alimentación.

La etiqueta de los productos alimentarios se caracteriza por:

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  • Ser una garantía de seguridad.
  • Su presencia es obligatoria y debe decir la verdad.
  • La información debe figurar en el envase, de forma fácilmente comprensible, en un lugar destacado y de manera que no pueda borrarse ni manipularse.
  • En la etiqueta tiene siempre que aparecer el nombre del producto y el nombre y domicilio del fabricante, envasador o vendedor.
  • En la mayoría de los casos también debe aparecer la lista de ingredientes, la cantidad neta, la fecha de consumo preferente o la de caducidad y el lote de fabricación.
  • Ciertos productos deben indicar las condiciones especiales de conservación y modo de empleo, y algunos pueden llevar un etiquetado nutricional para que el consumidor conozca sus cualidades alimenticias.

En la etiqueta de los productos destinados al consumo humano debe figurar:

  • Modo de empleo. Ciertos productos deben llevar indicado las condiciones especiales de conservación y modo de empleo.
  • Lista de ingredientes por orden de importancia, es decir, del que esté compuesto en mayor medida el alimento irá el primero y así, sucesivamente.
  • Los países de la Unión Europea utilizan la letra "E", seguida de un número de tres o cuatro cifras y precedido del nombre de la categoría a la que pertenece (colorante, conservante, antioxidante), para identificar los aditivos autorizados que figuran en la etiqueta.

Los aditivos son sustancias que se añaden a los alimentos para que mantengan sus cualidades y recuperen algunas que se han perdido durante su transformación. Pueden ser sintéticos o naturales, y sólo se autorizan en cantidades controladas y para determinados productos. Tienen suma importancia en la alimentación actual, ya que buena parte de los productos que consumimos no podrían existir sin su empleo.

  • Nombre, razón social o denominación del fabricante o envasador, o de un vendedor establecido dentro de la Comunidad Europea, y en todos los casos su domicilio.
  • Denominación del producto tal y como se denomina en España. Esta denominación puede ser: una denominación que lo defina por sí solo (pan, huevos), que lo defina dentro de su familia o especie (carne de vacuno, atún blanco), o el nombre "consagrado" por su uso (fabada, cocido).
  • Cantidad neta. Debe indicarse en litros, centilitros o mililitros para los productos líquidos, mientras que para los demás el contenido se expresará en gramos o kilogramos. Ei el alimento lleva algún líquido de cobertura, debe aparecer la cantidad neta del alimento una vez escurrido.
  • Con la letra "e" el envasador o importador certifica que el contenido declarado está dentro de los márgenes de error con respecto al real permitidos por las normas.
  • Condiciones especiales de conservación y de utilización.
  • Tiene que figurar la fecha de consumo preferente de la siguiente forma:

- Consumir preferentemente antes del ….

- Consumir preferentemente antes del fin de ….

Si el consumo fuera muy perecedero, debería aparecer la fecha de caducidad y no la de consumo preferente.

Si estas fechas figuraran en un sitio distinto al etiquetado, como la tapa o el fondo del envase, debe indicarse su ubicación.

  • Lote de fabricación precedido de la letra L. La mención del número de lote permite localizar el producto y retirarlo si se detecta algún riesgo para la salud.
  • El código de barras es, fundamentalmente, un elemento que sirve para el control de las propias empresas.

El etiquetado nutricional tiene como fin que el consumidor conozca las cualidades alimenticias del producto, es decir, qué nutrientes contiene (proteínas, hidratos de carbono, grasas …) y en qué cantidad.

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En general se trata de una información opcional, ya que sólo están obligados a darla aquellos fabricantes que atribuyan al producto en su etiquetado propiedades nutritivas. Este sería el supuesto, por ejemplo, de los alimentos que se anuncian "bajo en …." o " ricos en ….". En los demás casos, por tanto, no es necesario que la marca incluya este etiquetado en sus productos.

Existen dos formatos de etiquetado entre los que pueden optar los fabricantes.

- Uno de ellos, el más esquemático, en el que se indica, por este orden, el valor energético, la cantidad de proteínas, hidratos de carbono y las grasas.

- El segundo modelo amplía más la información, ya que además señala los azúcares, ácidos grasos saturados, la fibra y el sodio.

Cualquiera de estos dos etiquetados, no obstante, puede incluir la cantidad de ácidos grasos monoinsaturados y poliinsaturados, colesterol, vitaminas, minerales… Las vitaminas y minerales tienen que expresarse en unas unidades específicas para ellas, pero siempre que el alimento contenga un 15% como mínimo de la cantidad diaria recomendada (CDR) de estos nutrientes, porcentaje que también debe incluirse en el etiquetado.

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Toda la información nutricional debe expresarse de forma obligatoria por cada 100gramos o 100mL de producto. En el caso de alimentos que se comercialicen en porciones cuya cantidad sea mayor o menos que ésta se permite dar una información complementaria de acuerdo al contenido de la porción, pero siempre y cuando se indique el número de porciones contenidas en el envase.

En cuanto a los productos que se presentan sin envasar en los establecimientos comerciales o los que se envasan a petición del consumidor, deben incorporar datos obligatorios mediante etiqueta o cartel en el lugar de venta:

  • Denominación del producto, el estado físico o tratamiento al que haya sido sometido y su categoría, calidad, variedad y origen.
  • En la carne, debe especificarse la clase o tipo de canal de procedencia y la denominación comercial de la pieza de que se trate.
  • En los pescados, debe constar la forma de presentación comercial.

Actualmente no debe aparecer en las etiquetas la atribución a los alimentos de cualesquiera propiedades preventivas, terapéuticas o curativas de una enfermedad. La presencia de leyendas como "ayuda a regular el colesterol".